¿Qué es el estado de alarma?

Actualmente vivimos en España una situación de excepción a la que nadie está acostumbrado. El pasado 14 de marzo comenzó el Estado el Alarma en nuestro país debido a la crisis provocada por el Covid-19. Este estado declarado por el Gobierno fue aprobado en el Congreso de los Diputados, así como la prórroga de 15 días hasta el 11 de abril.

El estado de alarma puede ser declarado en una parte del territorio nacional o en su totalidad como lo recoge el artículo 116.2 de la Constitución, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:

  • Crisis sanitaria (epidemias o situaciones de contaminación extremas)
  • Desabastecimiento de productos de primera necesidad
  • Grave riesgo, catástrofe o calamidad pública (terremotos, incendios urbanos y forestales, inundaciones o accidentes de gran magnitud)
  • Paralización de los servicios públicos esenciales para la comunidad

Tiene una duración de 15 días, prorrogables. El Gobierno puede unilateralmente declararlo pero para aprobar las prórrogas, tiene que ser el Congreso de los Diputados el que de el beneplácito. En el decreto del estado de alarma, se determinará la extensión territorial del mismo así como los derechos, libertades y normativas que se ven afectadas.

La limitación de los derechos está regulado en el artículo 11 de la Ley Orgánica 4/1981:

  • Se podrá requisar temporalmente todo tipo de bienes necesarios e imponer prestaciones personales obligatorias
  • Se podrá limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en determinados lugares y horas así como acondicionar los espacios para lo que se necesite
  • Se podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados
  • Se podrá limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad
  • Se podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados

En España es la segunda vez que se declara este estado. En 2010 por la crisis de los controladores tuvo que se declarado, para retomar el control de un servicio público básico, ya que se produjo un gran perjuicio a los ciudadanos a la economía del país.

Si este segundo estado es prorrogado, se decidirá en los próximos días.